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♦ Las y los estudiantes de primer semestre deben llevar la carga académica completa, no se les permite realizar bajas temporales por ningún motivo.
♦ Las y los estudiantes que hayan cursado al menos un semestre, pueden solicitar baja temporal del semestre en el que se encuentren, siempre y cuando ésta se tramite antes del primer registro de evaluaciones parciales.
♦ La baja temporal elimina los registros de inscripción para que las asignaturas no se consideren cursadas y por tanto se evite que aparezcan en el historial académico como No Acreditadas.
♦ En caso de abandonar una o varias asignaturas después del primer periodo parcial de evaluación, la(s) asignatura(s) aparecerán como reprobadas y se convertirán en cursos de repetición o especiales, según corresponda.
♦ La baja temporal puede extenderse hasta dos semestres como máximo.
♦ Si la o el estudiante que tramitó baja temporal no se inscribe después de un año, para reinscribirse tendrá que solicitar la autorización del Consejo Académico de su División Académica.
♦ No existen bajas parciales de asignaturas. Se deben cursar todas las asignaturas inscritas.
♦ La baja definitiva se establece cuando la o el estudiante decide, por motivos propios, no continuar con sus estudios en el TESE.
♦ La baja definitiva elimina los registros del historial académico, por lo que es irreversible, cualquiera que sea el motivo que la generó.
♦ Son causas de baja definitiva: no acreditar un curso especial, agotar los 12 semestres para concluir el plan de estudios, transgredir los reglamentos alterando el funcionamiento de la institución o por actos de indisciplina.