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♦ Los lineamientos de pagos y cuotas son emitidos por la Dirección de Administración y Finanzas.
♦ Las cuotas se actualizan anualmente y están autorizadas por las instancias estatales competentes.
♦ Todos los pagos mayores a $100 (cien pesos) se deben realizar generando la referencia y la ficha de pago a través del portal de contribuyentes del gobierno del Estado de México.
♦ Las fichas de pago generadas en el portal de contribuyentes tienen un periodo de vigencia; ese periodo indica la fecha máxima para que las instituciones financieras reciban el pago. NO ES LA FECHA MÁXIMA PARA REALIZAR EL PROCESO O RECIBIR EL SERVICIO en el Tecnológico. Se debe atender a las fechas indicadas para cada proceso.
♦ Aún cuando se haya realizado un pago, si la fecha de este es extemporánea a los calendarios y lineamientos emitidos por el Tecnológico, no se procederá a dar el servicio.
♦ Los pagos de servicios menores a $100 (cien pesos) se realizan en efectivo en la caja del Departamento de Tesorería.
♦ Cualquier servicio que cause un costo debe comprobarse a través del recibo de pago y entregarse en el área que corresponda (servicios escolares, biblioteca, servicios generales, etc.)
♦ En caso de haber realizado pagos erróneos, el Departamento de Tesorería podrá generar la referencia y ficha de pago por el monto del faltante a pagar. Si el monto del pago fue mayor, se realizará un recibo de excedente de pago, que se podrá utilizar para pagos posteriores. No se realizan devoluciones.
♦ El Tecnológico no ofrece descuentos en las cuotas establecidas oficialmente, ni mantiene convenios de descuentos con instituciones públicas o privadas, por lo que no se hace responsable por pagos indebidos.
♦ El subsidio a la colegiatura es un apoyo que se otorga a los estudiantes regulares (no adeuden materias) que obtuvieron promedio mínimo de 8.0 en el semestre inmediato anterior a su reinscripción, cursaron e inscribirán al menos cinco asignaturas del programa educativo en cada semestre (las actividades complementarias y el inglés no son consideradas para este caso).
♦ Estudiantes matriculados en el periodo 2023-1 y posteriores, podrán solicitar el subsidio de colegiatura, de acuerdo con la siguiente tabla:
PROMEDIO DEL SEMESTRE ANTERIOR | PORCENTAJE DE DESCUENTO EN LA COLEGIATURA DE REINSCRIPCIÓN |
9.6 A 10 | 33 |
9.1 A 9.5 | 25 |
8.6 A 9.0 | 20 |
8.0 A 8.5 | 15 |